Feliz Martes, hoy os hablo de la integración tardía en el sistema educativo español.
El alumnado que se incorpore tardíamente al sistema educativo por proceder de otros países o por cualquier otro motivo y que requiera una atención diferente a la ordinaria, recibirá la atención educativa de acuerdo a lo establecido en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.
Las Administraciones educativas garantizarán que la escolarización del alumnado que acceda de forma tardía al sistema educativo español se realice atendiendo a sus circunstancias, conocimientos, edad e historial académico, de modo que se pueda incorporar al curso más adecuado a sus características y conocimientos previos, con los apoyos oportunos, y de esta forma continuar con aprovechamiento su educación.
Las enseñanzas que ofrece el sistema educativo se adaptarán para dar respuestas a las necesidades específicas de apoyo que presente este alumnado. Dicha adaptación garantizará su acceso, permanencia y progresión en el sistema.
Así mismo, las Administraciones educativas adoptarán las medidas necesarias para que los padres o tutores de este alumnado reciban el asesoramiento necesario sobre los derechos, deberes y oportunidades que comporta la incorporación al sistema educativo español, así como cualquier otra información que les ayude a la educación de sus hijos e hijas.
Espero que os haya gustado esta pequeña entrada sobre la integración tardía en el sistema español.
ÁNGELA ROBERTO.
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